Cumplimiento de Normativa AmbientaL

NOM-079-SEMARNAT-1994

NOM-082-SEMARNAT-1994

¿Por qué son obligatorias las NOM?

Las NOM-079-SEMARNAT-1994 (NOM-079) y NOM-082-SEMARNAT-1994 (NOM-082) son normas obligatorias según la Ley de la Infraestructura de la Calidad (LiCal 01/07/2020), emitidas para proteger el medio ambiente, la salud, la seguridad y otros intereses públicos. 

No se cumple con la legislación mexicana, si previo a la importación y comercialización de vehículos no se obtiene la evaluación de la conformidad a través de laboratorios en territorio nacional acreditados en NMX-EC-17025-IMNC-2018 por organismos facultados y aprobados por PROFEPA.

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Obligaciones de las organizaciones en México

Para cumplir con la legislación mexicana, es necesario obtener la evaluación de la conformidad, previo a la importación y comercialización de los vehículos.

  • La evaluación de la conformidad es aplicable para cada modelo y versión (incluidos tren motriz eléctricos, híbridos y combustión interna) ofertados al público mexicano.

  • Es necesario cumplir con este requerimiento para cada año modelo ofertado en México. 

Cuando alguna especificación técnica cambie en un vehículo, es necesario volver a evaluar la conformidad de estas NOM.

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Sector automotriz: altamente regulado

El sector automotriz está altamente regulado porque sus productos:

  • Impactan directamente la calidad del aire y el ambiente.

  • Se comercializan a gran escala.

  • Deben asegurar seguridad, funcionalidad y sustentabilidad.


Cumplir con la NOM-079 y NOM-082 es clave para el proceso de homologación, permite importar y vender vehículos legalmente en México y fortalece la reputación de las marcas.

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¿Por qué no basta un certificado de origen?

  • No reemplaza la evaluación de la conformidad:

El cumplimiento de las NOM debe demostrarse con métodos aprobados, como ensayos en laboratorios aprobados e informes reconocidos por PROFEPA.

  • Normativas automotrices distintas entre países:

Cumplir con regulaciones automotrices extranjeras no asegura el cumplimiento de las NOM, ya que tienen criterios y métodos propios.

Comparison of NOM and Estándar Internacional documents with checkmarks and arrows between them.

Conclusiones

PROFEPA (Procuraduría Federal de Protección al Medio Ambiente) es el organismo responsable de vigilar el cumplimiento de las NOM-079 y NOM-082, en vehículos que se comercializarán y que actualmente están en venta en México.

  • Los Laboratorios de ensayo acreditados en NMX-EC-17025-IMNC-2018 por organismos de acreditación y aprobados en NOM-079 y NOM-082 por PROFEPA, son las entidades con autoridad para reportar el cumplimiento de las NOM citadas ante la Procuraduría

M3 Mobility a través de su Laboratorio DATA KINETICA cuenta con las acreditaciones y aprobaciones necesarias para evaluar la conformidad y dar cumplimiento a la tarea de vigilancia estipulada por PROFEPA. Cumpliendo con los artículos 54 y 55 de la vigente Ley de la Infraestructura de la Calidad (LiCal 01/07/2020).

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